APREHENDIDOS POR NO CUMPLIR LA CUARENTENA
En horas de la noche de ayer, dos jóvenes de 36 y de 29 años fueron aprehendidos por desobediencia a los artículos 205 y 239 del Código Penal.
Alrededor de las 22.00 hs en el marco de los controles que se llevan a cabo para dar cumplimiento a lo dispuesto por el gobierno nacional, el aislamiento social, preventivo y obligatorio, fueron aprehendidos en calle 17 entre 55 y 56 dos jóvenes de nuestra ciudad, quienes circulaban en un vehículo a alta velocidad y debieron ser perseguidos a lo largo de cuatro cuadras, no justificando su circulación e imcumplimiento de la cuarentena sanitaria.
Luego de ser notificados, los mismos recuperaron la libertad y fueron escoltados hasta su domicilio para continuar con el aislamiento obligatorio.
En la causa intervino personal de Fiscalía Descentralizada de Colón Nª 1, junto al Juzgado de Faltas de Colón y se derivó a Juzgado Federal de turno de San Nicolás.
Cabe recordar, que personal policial tiene la facultad de aplicar los artículos 4 y 5 del decreto presidencial durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, los cuales son respaldados por los artículos del Código Penal 205 (Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia) y 239 (Será reprimido con prisión de quince a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal).