INGRESARÁ UN PROYECTO EN EL HCD PARA QUE LAS IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD SEAN ELEMENTOS DE PRUEBA

Este jueves se dio a conocer por parte de la Secretaría de Seguridad de nuestra ciudad, la presentación de un proyecto de ordenanza para que las imágenes que brindan tanto las cámaras públicas como las privadas sean declaradas como prueba ante infracciones que sucedan en la vía pública.

El próximo lunes se llevará a cabo una nueva sesión ordinaria del Concejo Deliberante, y desde el oficialismo se impulsará un proyecto de ordenanza entorno a la problemática del tránsito en nuestra ciudad.

VISTO:
La situación que se está dando con respecto al tránsito en nuestra ciudad, especialmente con la circulación de motocicletas; y
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Estado generar normas que no solamente contemplen distintas situaciones que se dan en el entramado social, sino también ponderar y establecer métodos sistematizados que sirvan al objetivo de lograr en el desenvolvimiento público ciudadano, la armonía entre los distintos actores, para que podamos desarrollarnos sin grandes perturbaciones.-
Que el tránsito vehicular se ha ido complejizando con el transcurrir del tiempo, y la proliferación del uso de motocicletas no ha hecho más que profundizar una situación, hoy muy visible, esencialmente especial, y que por ende necesita una nueva mirada controladora sobre la situación y porque no, estrategias nuevas y especiales como ordenadoras de una circulación a veces descontrolada.-
Que los reclamos ciudadanos para tender a normalizar esta situación es permanente y visiblemente presentes, es entonces el Estado con todos sus poderes trabajando bajo de imperio de la Ley, el que debe generar nuevas estrategias y aprovechar los adelantos técnicos para utilizarlos en plenitud, en función de los reclamos y necesidades sociales que van emergiendo.-
Que en esa inteligencia, se da que contamos en la ciudad con numerosas cámaras de seguridad, tanto publicas y privadas, cuyas imágenes son utilizadas para la prevención y/o represión del delito, y que esa estructura ya montada de cámaras de vigilancia, y las que puedan montarse en un futuro, tanto sea fijas como móviles, deben ser aprovechadas para el contralor del tránsito vehicular; y en su caso, aportar imágenes de valor probatorio ante las posibles contravenciones que puedan cometer los ciudadanos en el tránsito público.-
Que por ende es necesario autorizar al estamento municipal encargado de la seguridad pública y a la Justicia Municipal de faltas, para que incorporen esta tecnología disponible y la que a futuro se incorpore, como un elemento más a utilizar para el control del tránsito en la ciudad, y en su caso, proceder aprobar los incumplimientos que se registren.
Que el uso de la tecnología debe extenderse en toda la geografía de la ciudad y para ello es necesario contar con fuertes inversiones presupuestarias que hace que debamos generar afectaciones presupuestarias para llegar a ese cometido.-
Por todo ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones, presenta al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, el siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
Art. 1) Institúyase el sistema de control vehicular en la vía pública a través delas imágenes, fílmicas y/o fotográficas que ofrece el sistema público de cámaras de vigilancia, tanto sea móvil o estático ya instalado y a instalarse; como así también aquellas de orden privado, que se soliciten u ofrezcan y que sirvan al objeto del control contravencional que se pretende.-
Art. 2) Autorizase a la Secretaria de Seguridad, a través del estamento de la Guardia Urbana, y cualquier otra fuerza de seguridad pública, a la eventual utilización de las imágenes colectadas como elemento fundador y probatorio al momento de confeccionarse la correspondiente acta de infracción.-
Art. 3) Autorizase a la Justicia de Faltas Municipal a utilizar y considerar con valor probatorio las actas de infracción colectadas través de imágenes y que se tramiten en esa instancia para la posterior sentencia.-
Art 4º) Crease una cuenta especial en la estructura presupuestaria de la Secretaría de Seguridad, a la cual se destinará el 50 % de lo percibido por el pago de multas por infracciones, a partir de la sanción de la presente.
5ª) Lo recaudado por aplicación del inciso anterior debe ser utilizado para bienes de uso, vestimenta, accesorios y cualquier otro elemento que sea utilizado para una mejor prestación de los servicios en seguridad que se brinda a la ciudad.-
6ª) De forma.-

Deja un comentario